¿Son efectivas las listas cremallera?

Empezaron como una suerte de moda, pero han llegado para quedarse: son las listas cremallera. Es decir, la alternancia de candidatos en las listas electorales de forma paritaria: si el primero es hombre, el siguiente mujer; y así sucesivamente (y viceversa). cremallera

La Ley de Igualdad entre hombres y mujeres de 2007, promovida por el Gobierno de Zapatero, modificó la Ley Electoral. Supuso un cambio muy importante, incluyendo la paridad electoral en las listas electorales: esto es, una presencia de 60/40 en tramos de cinco en las candidaturas presentadas. Así, se aseguran tres candidatos de un sexo y dos del otro.

El problema de esta ley es que, si bien establece una cuota de representación femenina en las listas electorales, no incluye ningún otro tipo de indicación acerca de cómo tiene que ser su ordenación. Es decir, nada impide a los hombres copar los tres primeros puestos y las mujeres los dos últimos de cada bloque de cinco. Esto supone de facto (y más en circunscripciones pequeñas, que eligen menos de cinco diputados) la dificultad de las mujeres de ser elegidas para un cargo público.

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